Trámites y Servicios

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Disposiciones Jurídicas Resoluciones No 54 y 55/14 del Instituto de Planificación Física

Las personas interesadas en construir viviendas por esfuerzo propio en terrenos estatales deberán presentar su solicitud y fundamentación, relacionando además nombres y apellidos del solicitante, carné de identidad, dirección del domicilio, lugar de localización, composición del núcleo familiar, así como declaración jurada de que no posee otra vivienda, ni es superficiario de una parcela o solar yermo para construir una vivienda por esfuerzo propio.

La asignación de parcelas y solares yermos estatales para la construcción de viviendas por esfuerzo propio se realizará a las personas naturales, que previamente sean autorizadas por el Consejo de la Administración Municipal (CAM) correspondiente, teniendo en cuenta las causales y prioridades para dicho otorgamiento y se legaliza ante la Dirección Municipal de Planificación Física (DMPF).

Una vez recibido el Acuerdo del CAM, se realiza el pago por concepto de terreno, en la sucursal bancaria del lugar donde se encuentre este.

Término: 60 días para el pago del solar en la sucursal bancaria.

Término: 30 días hábiles a partir de la presentación del slick bancario que acredita el pago del solar para obtener la Resolución que reconoce el Derecho Perpetuo de Superficie.

Se establecen como causales y prioridades para el otorgamiento de parcelas y solares yermos estatales las siguientes:

  1. Haber sido afectado por desastres.
  2. Necesitado en erradicar condiciones de precariedad.
  3. Casos sociales y albergados.                                                                                          
  4. Ubicados en zonas de riesgo, que incluyen peligros sísmicos, desastres naturales y otros.
  5. Por interés económico-social: se aplica en cumplimiento de políticas económicas y sociales del país, a los efectos de asentar fuerza de trabajo y garantizar el desarrollo económico del territorio en correspondencia con los planes de ordenamiento territorial y urbano aprobados.
  6. También para solucionar déficit de viviendas, problemas de hacinamiento y convivencia, y otros relacionados con el estado técnico – constructivo de la vivienda.

El régimen jurídico de las parcelas y solares yermos estatales que se asignen es en concepto de Derecho Perpetuo de Superficie, y podrá ser otorgado a varias personas naturales para construir sus viviendas en una misma edificación y a una persona natural para construir una vivienda unifamiliar.

Las parcelas a entregar tendrán una dimensión entre 80 y 150 m².

Las personas naturales presentan su solicitud ante el funcionario de Planificación Física (OGTV). El expediente contendrá solicitud y su fundamentación, nombres y apellidos del solicitante, carné de identidad, dirección del domicilio, lugar de localización, composición del núcleo familiar y declaración jurada de que no posee otra vivienda ni es superficiario de una parcela o solar yermo para construir vivienda por esfuerzo propio.

 

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Plantilla aprobada: 4

Plantilla Cubierta: 4

Un Subdirector

Un Especialista

Dos Técnicos

Teniendo en cuenta la resolución 103y 104 de Trabajo por cuenta propia

Cuando la población se dirige a la oficina se le explica el alcance de la actividad que está solicitando y lo que deben presentar; se le realiza el expediente donde se recogen los datos del solicitante con el nombre de la actividad y firma del solicitante y director de Trabajo.

  • Se realizan 2 expedientes uno para la ONAT el cual lo firma el especialista y se archiva el otro en la Dirección Municipal de Trabajo.
  • Al regresar de la ONAT se confecciona el carnet de trabajo por cuenta propia donde existe un registro.
  • Cuando se le da baja se recoge el carnet de trabajador por cuenta propia y de concilia con la ONAT al final del mes.
  • Cuando se exonera del pago se recoge el carnet con el certificado médico, este trámite lo firma el director de Trabajo. Estos trabajadores son visitados para comprobar que no estén trabajando.
  • Los subdirectores atienden población los lunes y miércoles de 8am a 5pm.
  • Se realiza la conciliación con el INASS según corresponda para aquellos que hay que llevarlo a la comisión médica y cuando tenga la documentación completa se lleva a la comisión provincial.

 

Ratio: 5 / 5

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Solicitud del Documento de Identidad

La solicitud del documento de identidad se puede efectuar desde cualquier Oficina de Trámites del país, con independencia del lugar de residencia, excepto los cambios de domicilio, que se deben formalizar en Oficinas de Trámites de la provincia donde está enclavada la vivienda.

Solicitud del Documento de Identidad

La solicitud del documento de identidad se puede efectuar desde cualquier Oficina de Trámites del país, con independencia del lugar de residencia, excepto los cambios de domicilio, que se deben formalizar en Oficinas de Trámites de la provincia donde está enclavada la vivienda.

El documento de identidad puede ser solicitado por los motivos siguientes:

  • Deterioro
  • Pérdida
  • Arribar a los 16 años de edad
  • Cambio de dirección
  • Subsanación de error
  • Cambio Legal
  • Desmovilizado FAR
  • Salida de Prisión
  • Entrada al País

Deterioro: Cuando el documento de identidad por su estado físico no permite identificar al titular.

Pérdida: cuando al titular se le extravíe o le hurten el documento de identidad y no pueda presentarlo para el trámite que solicita.

Subsanación de error: es cualquier modificación, supresión o adición de datos en las generales del titular, siempre que no constituyan cambios sustanciales en la identidad de la persona, por ejemplo, nombres y apellidos y el año de nacimiento. También se consideran subsanación de error los cambios o modificaciones en los nombres de los padres del titular, en el tomo y folio, en el lugar de nacimiento, los asociados al Registro del Estado Civil.

Cambio legal: las modificaciones, supresiones o adiciones en las generales del ciudadano y año de nacimiento que generan un cambio sustancial en la identidad de la persona, estas modificaciones son realizadas por el tribunal y en la certificación de nacimiento emitida por el Registro Civil debe consignarse en las observaciones el número de resolución o sentencia por la cual se realizaron las modificaciones.

Cambio de dirección: es la actualización del registro de direcciones a partir de la solicitud del ciudadano y con el consentimiento del titular del inmueble donde pretende domiciliarse. Los cambios de domicilio pueden ser solicitados de manera Transitoria o Permanente.
Transitorio: se puede solicitar desde 1 mes hasta 1 año y prorrogable cuantas veces deseen las partes.
Permanente: por tiempo indefinido, hasta que el titular realice un nuevo movimiento en el registro de direcciones.

 

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El Departamento de Trabajo Social cuenta con 20 trabajadores sociales los que trabajan de forma permanente en cada zona brindando especial atención a casos críticos, a niños bajo peso, niños de la tarea Victoria,  atención al sistema de la vivienda, atención a sancionados, atención a personas riesgo  FMC y prostitución, jubilados, a personas con conductas Deambulante, a menores desvinculados del sistema educacional, discapacitados a menores con enfermedades de baja prevalencia, y el estudio de familia, distribuidos por Consejos Populares de la siguiente forma:

Sábalo 2 trabajadores sociales

Molina 2 trabajadores sociales

Isabel Rubio 4 trabajadores sociales

Guane1  3 trabajadores sociales

Guane 2 3 trabajadores sociales

Combate la Tenería 2 trabajadores sociales

Portales 2 trabajadores sociales

Punta de la Sierra 2 trabajadores sociales

Los lunes de 8:00 am a 12:30 pm se atiende a la población.

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